Noticias

La Unión de Consumidores de España – UCE exige a todos los operadores de Telefonía el cumplimiento de la Orden ITC/1030/2007 del Ministerio de Industria, publicada en abril de 2007, que regula la resolución de las reclamaciones por controversias entre usuarios finales y operadores de servicios de comunicación electrónicas y el funcionamiento de los servicios de atención al cliente por los operadores.

En 2007 la Telefonía Móvil ocupó fue el sector con mayor número de consultas y reclamaciones registradas por la Unión de Consumidores de España, con el 10,70% del total, mientras que la telefonía fija ocupó el tercer puesto con el 7,20% de las reclamaciones. Telefonía, Servicios de Internet y Líneas de Tarificación Adicional, acumularon el 2007 un total de 44.620 denuncias y quejas. Es decir, el 25% del total de las gestionadas por la Unión de Consumidores de España-UCE.

La orden ITC/1030/2007 regula las controversias entre operadores y consumidores, como es el caso de disconformidad con la factura recibida, negativa o demora en la instalación de líneas de telefonía fija, contratación no solicitada por el usuario o avería e interrupciones en el servicio. La norma fue publicada el pasado año 2007, sin embargo, las quejas relacionadas con el sector de las telecomunicaciones siguen ocupando el primer puesto en el servicio de atención jurídica de la Unión de Consumidores de España-UCE.

Los operadores deberán disponer de un servicio especializado de atención al cliente cuyo objeto será atender y resolver las quejas y reclamaciones y cualquier incidencia contractual. Además, este servicio deberá entregar al usuario un documento que acredite la presentación y contenido de la queja o reclamación mediante cualquier soporte que acredite esta reclamación (correo electrónico o papel impreso), siempre que el usuario lo solicite. El plazo para su envío será de 10 días.

Los operadores está obligados a informar a los usuarios, cada seis meses al menos, sobre sus derechos sus derechos. Las compañías deben indicar el número del servicio de atención al cliente, los procedimientos y plazos en caso de reclamación. Entre los derechos de los usuarios figuran la posibilidad de darse de baja en cualquier momento de los servicios contratados, únicamente es necesario que lo comunique con 15 días de antelación. El cliente tiene derecho a darse de baja por teléfono, fax, correo o vía telemática. El usuario tiene también derecho a tener una copia del contrato de telefonía y a solicitar restricción de las llamadas a los servicios de tarificación adicional (806/803/807). El plazo máximo para realizar la restricción es de 10 días. Si existe algún tipo de desacuerdo, el usuario puede no abonar la parte de la facturación correspondiente a estos servicios, lo que no conllevará el corte de la línea. Lo mismo sucede en el caso de que el usuario tenga contratados servicios de internet junto a su línea telefónica y hay desacuerdo en la facturación.

 
   
 
© 2006 www.uniondeconsumidores.info   Inicio     Webmaster    Protección de Datos